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Diputados aprobó la restitución del impuesto a las Ganancias: quiénes volverán a pagarlo

Con 140 votos a favor, 103 negativos y 6 abstenciones, el oficialismo consiguió la media sanción de la iniciativa en general. Ahora continúa el debate por títulos.

Martes, 30 de abril de 2024 a las 16 31,

Por Thomas Dos Reis

Martes, 30 de abril de 2024 a las 16 31,

Como parte del nuevo paquete fiscal, el oficialismo de la Cámara de Diputados logró este martes que se aprobara la restitución del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría, en el marco de una discusión que se trasladará al Senado para su efectiva implementación.

La iniciativa obtuvo 132 votos positivos, 113 votos negativos y 4 abstenciones, y se dio luego del tratamiento de la Ley Bases -que obtuvo media sanción en Diputados-. 

Ahora, el capítulo fiscal deberá ser tratado en el Senado. La cuarta categoría había sido eliminada del impuesto a las Ganancias octubre del 2023 por iniciativa del entonces ministro de Economía Sergio Massa en una sesión en la que Javier Milei votó a favor de la eliminación.

En caso de que la medida sea aprobada también en la Cámara Alta, casi un millón de trabajadores volvería a pagar este tributo, renombrado “impuesto a los ingresos personales” en la Ley de Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes.

El nuevo esquema, cuya aprobación final dependerá ahora de su tratamiento en el Senado, es una de las claves con las que las autoridades buscan mantener el superávit fiscal.

En el nuevo esquema, entre las 17 categorías contempladas, la más baja, con un salario bruto de hasta 1.800.000 pesos –que representa un a remuneración neta o “en mano” de hasta $1.494.000– queda eximida del tributo, lo que se suele llamar “el mínimo no imponible para empleados solteros”.

¿Quiénes volverían a pagar Impuesto a las Ganancias?

Si el Senado aprueba la iniciativa, los asalariados comenzarán a pagar Ganancias a partir de un sueldo bruto mensual de $1.800.000 ($1.494.000 en términos netos), si es que no se aplican deducciones por cónyuge, por hijos o por determinados gastos que podrán descontarse del ingreso.

En tanto, un empleado soltero que tenga dos hijos menores a 18 años declarado a su cargo, el ingreso más bajo alcanzado por el impuesto sería de $2.100.000 (bruto), unos $1.781.000 (neto). Por su parte, un empleado casado con dos hijos menores a cargo, estará eximido del pago con un salario bruto menor a $2.400.000 o unos $1.081.000 neto.

Diputados aprobó la restitución del impuesto a las Ganancias.

Por ejemplo, un soltero que gane al mes $2,1 millones (bruto) o $1,7 millones neto, pagará de Ganancias $24.730.

En tanto, un asalariado con un ingreso de $2,4 millones (bruto), pagará $74.582 en caso de ser soltero; $19.111 si es soltero y tiene dos hijos a cargo; o $4.999 si está casado y tiene dos hijos.

Por su parte, en caso de contar con una remuneración bruta de $3,2 millones que no tenga deducciones ni por cónyuge ni por hijos, ni tampoco por gastos como alquiler o servicio doméstico, pagaría un Impuesto mensual de $247.564,83. El impuesto sería de $189.796 si es soltero con dos hijos a cargo o de $133.99, si es casado y con dos hijos.

Escalas y deducciones

Respecto a las escalas de alícuotas, tal como aparecen en el borrador, serán más progresivas y se moverán en el rango de entre 5 y 35 por ciento. La tasa máxima empezará a aplicarse a partir de un ingreso de $36.450.000 y en adelante.

Los tramos de las escalas presentan un incremento de entre un 32,07% y un 150,73% respecto al proyecto de Ley que presentó el Gobierno al Congreso en enero pasado.

Por otro lado, el proyecto establece que las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustarán anualmente por la variación el Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Indec del mes de octubre del año anterior respecto a octubre de un año atrás.

Las deducciones personales aumentarán entre un 183,75% y un 186,65% y no hay cambios respecto a la deducción especial para determinados jubilados y pensionados que se mantiene en 8 haberes mínimos garantizados.

Con el nuevo proyecto, se eliminan deducciones por gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones, por material didáctico que se paga a docentes, entre otras. También, se deroga el incremento del 22% de las deducciones personales para los empleados y jubilados que residen en la zona patagónica.

Por otra parte, se eliminan exenciones para el Sueldo Anual Complementario, más conocido como aguinaldo, para la diferencia del valor de las horas extras y el de horas trabajadas en días feriados, inhábiles y durante los fines de semana, para determinados suplementos correspondientes al personal militar y para guardias obligatorias y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud.

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